Emprendedores; ¿Qué forma jurídica de empresa me interesa más?
A la hora de poner en marcha nuestro negocio, una de las dudas iniciales, pero a la vez, una de las más importantes, es la de elegir correctamente la forma jurídica de empresa que utilizaremos para el desarrollo de nuestra actividad.
A continuación, vamos a estudiar las características para identificar qué forma jurídica de empresa se ajusta mejor a tus necesidades: La Sociedad Limitada (SL) o el empresario individual o autónomo.
Algunas de las pautas a tener en cuenta son las siguientes:
- Responsabilidad: La primera desventaja del empresario individual en comparación a la Sociedad Limitada es que el autónomo responde de forma ilimitada con todos sus bienes frente a terceros mientras que La Sociedad Limitada únicamente responde con el patrimonio de la misma.
En muchas ocasiones, existen aspectos que pueden condicionar nuestra decisión en cuestión de responsabilidad tales como: la necesidad de contratar personal o la peligrosidad de la actividad.
- Imagen comercial: La Sociedad Limitada ofrece una imagen más profesional o con mayor estructura empresarial frente a clientes, acreedores o entidades bancarias.
- Impuestos: El empresario autónomo tributa en IRPF por los rendimientos obtenidos en su actividad, aplicando escala general de forma progresiva y por tramos mientras que la Sociedad Limitada tributa a un tipo fijo del 25% por Impuesto de Sociedades.
En el caso de que la Sociedad Limitada se considere profesional y no cuente con trabajadores, el socio profesional deberá imputarse en su renta un determinado porcentaje sobre los beneficios.
- Financiación bancaria: La oferta bancaria para acceder a préstamos o créditos, es más amplia en condiciones, para Sociedades Limitadas que para empresarios autónomos.
- Llevanza de obligaciones fiscales y contables: El volumen de obligaciones es, por lo general, bastante mayor para las Sociedades Limitadas que para los empresarios autónomos, incrementando por ello para las sociedades el coste de su gestión.
- Puesta en marcha: Los costes de constitución de la sociedad, aunque hoy en día existen opciones muy económicas, son más elevados en comparación a los del empresario autónomo.
- Aportación inicial: La constitución de la Sociedad Limitada requiere un desembolso inicial, mientras que para ser empresario autónomo no es necesaria ninguna aportación.
- Proyecto individual o en grupo: La Sociedad Limitada nos permite poner en común bienes y derechos con uno o varios socios, mientras que en la figura del empresario autónomo no es posible.
En conclusión, antes de tomar la difícil decisión de elegir la forma jurídica de empresa de vuestro negocio, es muy importante identificar cuáles son las peculiaridades del proyecto y hagáis un esfuerzo en enumerarlas según su importancia o prioridad en base a las pautas enumeradas anteriormente.
En MYA ASESORES contamos con un equipo experto que te ayudará y estudiará que forma jurídica de empresa es la mas apropiada para cada empresa y proyecto. Como habéis visto la forma jurídica de empresa determinará el funcionamiento, las responsabilidades o el acceso a financiaciones. Te ayudamos con esto