La inspección de hacienda puede investigar a los negocios por dos vías: los requerimientos y las visitas, que pueden ser con o sin aviso previo. Éste es el procedimiento que sigue normalmente la inspección en cada caso.

Hacienda hace cada año miles de comprobaciones e investigaciones a los autónomos y empresas de cualquier tamaño y sector para detectar el fraude fiscal. En la mayoría de los casos, cerca del 99%, no es necesario la personación del cuerpo inspector. De hecho, no hay que olvidar que la Agencia Tributaria previó llevar a cabo en 2021 entorno a 1,4 millones de actuaciones al conjunto de los contribuyentes. Y se estima que menos de 10.000 se llevarían a cabo a través de la conocida ‘visita sorpresa’.

Habitualmente, el Fisco tiene dos maneras de verificar si un negocio está cumpliendo con sus obligaciones tributarias. Una es mediante un requerimiento que se puede centrar en solicitar documentación que justifique parte o la totalidad de los ingresos e impuestos declarados por el contribuyente. La otra opción, según los expertos, se da en los casos «más flagrantes» y consiste en hacer una visita in situ en el negocio, en la que la inspección podrá recabar de primera mano los indicios necesarios para demostrar el presunto fraude fiscal.

Según José María Mollinedo, secretario general del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha), la mayoría de las veces se cruzan los datos de las bases informativas con los de las declaraciones y, de haber discrepancias, se comprueban con simples requerimientos de documentos al contribuyente. Las visitas e investigaciones propiamente dichas no son necesarias en el 99% de los casos en los que hay una comprobación tributaria a un autónomo, «ya que casi siempre basta con enviar una carta certificada del inicio de la inspección, en la que se solicita documentación de los impuestos a investigar, y se incluye un modelo de representación para que el asesor envíe la información requerida a la Agencia Tributaria».

Los técnicos de Hacienda aseguran que casi siempre se actúa así y esta vía sería suficiente en la inmensa mayoría de los casos, en los que el fraude de los autónomos aflora tan sólo solicitando determinadas facturas para verificar si se han cumplido las obligaciones fiscales. Si no, «también bastaría con la visita acordada para comprobar in situ si la producción y venta de este negocio se ajusta a lo que declara. Cuando se recurre al elemento sorpresivo es porque hay un fraude suficientemente flagrante, en el que además existe riesgo de que se destruyan los indicios que están en la sede del negocio. En estos presuntos fraudes de mayor peso, que no suelen afectar a los autónomos en la mayoría de los casos, sino a empresas más grandes, se tiene que recurrir a las notificaciones por personación, más conocidas como visitas sorpresa.», dijo el secretario general de Gestha.

Cómo actúa la inspección de Hacienda al visitar un negocio sin previo aviso

La visita sorpresa es la segunda vía con la que cuenta la inspección de Hacienda para detectar y acreditar un presunto fraude fiscal. La sospecha de que una empresa está llevando a cabo este tipo de prácticas contra el Fisco suelen llegar «en la mayoría de los casos, por denuncias anónimas de personas que, habitualmente, forman o han formado parte de la propia empresa. Esta información precisaría, por ejemplo, que en tal lugar de una empresa existe una información que probaría una contabilidad b o cualquier otro delito fiscal. Una vez recibida, se comprueba si es sólida, se coteja con la base de datos de la Agencia Tributaria y, de tener interés, se pone en marcha la operación«, aseguró Mollinedo.

En estas visitas in situ y por sorpresa de la inspección de Hacienda, los expertos diferencian claramente dos tipos de espacios: aquellos abiertos al público y los que no lo están. Esta diferencia, habitualmente, es la que marca el procedimiento que habría de seguir el funcionario y también la actuación que podría llevar a cabo el contribuyente afectado por esta investigación.

Procedimiento en las zonas del negocio abiertas al público

En las zonas de un negocio que están abiertas al público como, por ejemplo, la parte del local de un restaurante donde están dispuestas las mesas, o la zona de una frutería donde esperan los clientes a ser atendidos, «no es necesario ningún tipo de autorización. En este caso, basta solamente con el propio acceso, sin que tenga que haber ninguna orden judicial ni de ningún tipo para justificarlo», explicó el secretario general de Gestha.

Podría ocurrir que el técnico se pasara por un negocio para hacer algunas preguntas o para hacer una observación desde fuera del funcionamiento de la actividad.

Procedimiento en las zonas del negocio restringidas al público

Cuestión muy diferente es cuando la inspección quiere acceder a las zonas constitucionalmente protegidas, que hay en cualquier negocio. Éstas pueden ser desde despachos o zonas de reuniones hasta sótanos donde se archivan algunos documentos y está prohibida la entrada a terceros ajenos al negocio. En otras palabras, casi todo lo que no sea espacio abierto al público, puede ser declarado como “zona restringida” y por tanto constitucionalmente protegida. Más aun cuando el autónomo trabajada desde casa.

En estos casos, diferentes expertos fiscales consultados por este medio aconsejan que la primera acción sea solicitar a los funcionarios que exhiban el mandamiento judicial firmado, que es necesario para poder entrar a estas zonas.  

Conocer este primer paso es crucial para el contribuyente investigado ya que en el momento en el que se permite a la inspección entrar al domicilio fiscal y realizar su labor, una vez dentro, los inspectores podrán examinar casi cualquier documento de naturaleza contable o fiscal y recabar información de los trabajadores, entre otras muchas cosas. También es cierto que, en la mayoría de los casos, cuando el autónomo no tiene nada de lo que preocuparse, lo más recomendable es precisamente permitir el acceso y no alargar lo inevitable, por más que los inspectores no dispongan de la autorización pertinente.

Aunque es necesaria autorización para acceder a estas zonas restringidas «muchas veces el contribuyente te permite acceder  a la oficina o al domicilio y, en estos casos, haya o no haya ordenla prueba recabada siempre es válida. Nos ha pasado en varias ocasiones de que nos inviten a entrar y, dentro, encontrarnos con dobles contabilidades o incluso con carpetas expuestas a la vista en la oficina que contenían pruebas y contratos comerciales en B», explicó el secretario general del sindicato de técnicos de Hacienda.

¿Qué discrepancias pueden dar lugar a las comprobaciones a autónomos?

Si bien estas visitas sorpresivas se dan en casos muy singulares, cada año se hacen miles de comprobaciones a autónomos. En este caso, el programa de investigación marca la mayor parte del día a día de los inspectores de Hacienda. En el plan de selección de los técnicos entran algunos de los negocios que presentan discrepancias entre lo que se declara y lo que el Fisco conoce por sus bases de datos. .

Cuantas más discrepancias tiene un contribuyente, más posibilidades tendrá de ser llamado.  Esas discrepancia pueden ser muy variadas: «personas que presentan bajas rentas o bajos beneficios y que, sin embargo, tienen desde vehículos de gama alta hasta embarcaciones recreativas o incluso son titulares de una tarjeta visa oro. Ese tipo de cuestiones, que son signos externos, ya nos determinan y levantan las sospechas», explicó José María Mollinedo.

Aunque la Agencia Tributaria se reserva buena parte de las informaciones que les permiten centrar los esfuerzos en uno u otro contribuyente, a continuación se reúnen algunas prácticas que pueden levantar sospechas y dar lugar a una comprobación:

  • Devoluciones de impuestos excesivas

Uno de los motivos más frecuentes por los que un inspector de Hacienda se acercará a un negocio es una devolución del IVA excesiva. Es decir, si la declaración del IVA (el modelo 303) sale a devolver con una cuantía sospechosamente generosa será uno de los motivos claros por los que el Fisco se interesará por las cuentas del autónomo.

  •  Descuadres entre modelos trimestrales y modelos anuales

Es imprescindible que encajen las declaraciones trimestrales de IVA o IRPF (modelos 303, 130…) con los modelos anuales (modelo 390,190…), ya que estos últimos informan sobre toda la actividad anual del negocio. Por lo que lo natural sería que ambas declaraciones cuadren.

  • No declarar prestaciones y subvenciones

Hacienda, por supuesto, también vigila a los beneficiarios de subvenciones públicas, si se han declarado correctamente en el apartado que les corresponde, según su naturaleza. Esto podría ser especialmente relevante tras un año y medio de crisis, ya que miles de autónomos han recibido prestaciones y subvenciones que, en la mayoría de los casos, no están exentas de tributar.

  • No presentar declaraciones

La Agencia Tributaria dispone de alertas para los contribuyentes que presentaron su declaración durante unos años y dejan de hacerlo. Hacienda estará detrás del autónomo para averiguar el motivo. Hay que tener en cuenta que el Fisco conoce los datos de cualquier negocio y, por ende, podría pedir explicaciones si no ve motivos para dejar de declarar. 

  • Indicios de uso de dinero en B

Con cualquier profesional, saltan las alarmas desde el momento en que no se registra casi ningún movimiento en la cuenta y ningún tipo de consumo diario. Si un autónomo de cualquier oficio cobra en B habitualmente, lo normal es que no saque dinero de su cuenta, porque con lo que ingresa en efectivo y no declara puede vivir y consumir tranquilamente. «Cuando nos damos cuenta que el profesional no ha hecho ningún reintegro para el consumo diario, nos saltan rápido las alarmas porque lo que está claro es que nadie vive del aire», aseguran desde Gestha

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Fuente de la noticia; autónomos y emprendedores.es