Requisitos y obligaciones para capitalizar el paro.
Si te encuentras actualmente percibiendo el subsidio por desempleo y estás considerando emprender para encontrar un nuevo empleo, la opción de capitalizar el paro puede ser una excelente oportunidad para ti.
A continuación, te explicaremos en qué consiste, cómo realizar la solicitud y cuáles son los requisitos para acceder a esta modalidad. Toda la información necesaria para aprovechar esta prestación económica y dar inicio a un proyecto empresarial o convertirte en autónomo.
¿Qué es y en qué Consiste la Capitalización del Paro?
La capitalización del desempleo es una medida gubernamental diseñada para fomentar y facilitar el autoempleo entre las personas desempleadas. Consiste en recibir el monto total pendiente de la prestación por desempleo, permitiéndote utilizar ese dinero para iniciar una actividad laboral como trabajador por cuenta propia.
Modalidades de Capitalización del Paro para Autónomos
Al considerar las modalidades de capitalización del paro, es esencial entender cómo puedes optar por recibir el dinero que normalmente se distribuiría en pagos mensuales. En la actualidad, existen dos opciones igualmente válidas que buscan adaptarse a tu situación particular:
- Inversión Económica:
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- Financiamiento de hasta el 100% de la cantidad pendiente de tu prestación contributiva por desempleo. En caso de no necesitar el monto total, puedes seleccionar el porcentaje necesario e ir recibiendo el resto mensualmente como compensación de las cuotas de autónomos, aliviando así la carga inicial.
- Sin Necesidad de Inversión:
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- Destinar el 100% de la capitalización al pago de las cuotas mensuales, en el caso de no requerir inversión.
- Combinación de Paro y Cuotas:
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- Posibilidad para los autónomos de capitalizar una parte de su prestación y recibir el resto como bonificación de sus cuotas durante los primeros meses.
¿Quién Puede Solicitar la Capitalización del Paro?
La capitalización del paro está disponible para cualquier persona que, en tales circunstancias, desee:
- Iniciar una actividad como autónomo, ya sea de forma individual, en comunidad de bienes o desde una sociedad civil.
- Constituir o unirse directamente a una sociedad mercantil, como una sociedad limitada o una sociedad anónima no laboral.
- Constituirse o incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales de manera estable.
Requisitos para Capitalizar el Paro
Los requisitos y condiciones para solicitar el pago son los siguientes:
- Ser beneficiario de la prestación contributiva por cese total y definitivo de una relación laboral.
- No estar dado de alta en la Seguridad Social ni haber iniciado la actividad económica.
- Tener pendientes de recibir al menos 3 mensualidades de la prestación por desempleo (6 meses para beneficiarios por cese de actividad)
- No haber solicitado la prestación por desempleo en los últimos 4 años.
- No impugnar el despido, ya que es necesario resolver el expediente antes de solicitar la capitalización.
- No haber compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación por desempleo en los 24 meses anteriores a la solicitud.
- En el caso de las cooperativas, el socio debe haber superado el período de prueba si existe según los estatutos.
Además, es necesario iniciar la actividad en un plazo máximo de un mes desde la resolución que concede la prestación, siempre en una fecha posterior a la solicitud. La solicitud puede presentarse antes de la incorporación a la cooperativa, sociedad laboral o sociedad mercantil, o al inicio de la actividad como trabajador por cuenta propia.
Obligaciones Después de Solicitar la Prestación por Desempleo
En cuanto a las obligaciones, se deben cumplir las siguientes:
- Iniciar la actividad en un plazo máximo de 1 mes después de recibir el importe de la prestación.
- Mantener la actividad durante 5 años para que el pago esté exento de tributación en el IRPF; de lo contrario, será necesario tributar por ello.
- Presentar la documentación y acreditación de inicio de actividad requeridas por el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
¿Cuándo Puedo Solicitar el Pago?
La solicitud de capitalización del paro debe realizarse antes de la fecha de incorporación a la entidad correspondiente o del inicio de la actividad por cuenta propia. Es esencial justificar la solicitud con la inversión para el inicio de la actividad en un plazo de un mes desde la recepción del importe de la prestación. Si no se presenta esta justificación, el SEPE puede requerir la devolución de la ayuda.
Dónde y Cómo Solicitar la Prestación
La solicitud de capitalización del desempleo se puede realizar presentando la solicitud en el SEPE a través de la sede electrónica, en una oficina presencial con cita previa, en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.
Para solicitar la prestación, se deben presentar los siguientes documentos:
- Solicitud del pago para la capitalización del desempleo.
- Memoria del proyecto de la actividad a desarrollar y su inversión.
El Pago Único del Desempleo para Jóvenes
En la actualidad, los hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35 años pueden capitalizar el 100% del paro para el pago único de la inversión. Este monto puede cubrir las cargas tributarias para el inicio de la actividad o para realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil recién constituida o constituida en un plazo máximo de 12 meses antes de la aportación. Además, puede destinarse a gastos de constitución y puesta en marcha, así como al pago de tasas y servicios relacionados con la actividad a emprender.
Personas con Discapacidad
Las personas con una discapacidad del 33% o superior pueden solicitar el 100% de la prestación contributiva en un pago único.